Palabras de María de la Luz Estrada en la presentación del Estudio La Violencia Feminicida en México: Aproximaciones y Tendencias 1985-2014

Coordinadora del Área de Violencia de Género y Derechos Humanos de Católicas por el Derecho a Decidir y Coordinadora Ejecutiva del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio

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Buenos días tengan todas y todos ustedes.  Agradezco al Secretario de Gobernación Licenciado Miguel Angel Osorio Chong, a la Presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres, Licenciada Lorena Cruz, y a la representante de ONU Mujeres en México, Maestra Ana Güezmes, la invitación a participar en este evento.  Saludo atentamente a quienes integran este presídium.

Quiero iniciar con un breve resumen de un caso paradigmático de violencia feminicida.

El 28 de junio del 2010 el señor Julio César Hernández Ballinas, policía judicial del Estado de México, llamó a la señora Irinea Buendía Cortés, madre de Mariana Lima, para decirle que su hija, esposa de Hernández Ballinas, se había suicidado. Mariana había estado la noche anterior en casa de su mamá y le había dicho que iba a dejar a su esposo porque ya no aguantaba más la violencia de la que era objeto. Fue a la casa por sus cosas y allí quedó. A pesar de que la señora Irinea se dio cuenta de que la posición del cuerpo de su hija no correspondía con el supuesto suicidio y de que denunció ante la PGJ del Estado de México que en reiteradas ocasiones él la había amenazado con matarla, las autoridades no realizaron las diligencias mínimas que obligaba el protocolo de investigación del delito de homicidio con perspectiva de género y determinaron que Mariana se había suicidado. “Si me siento a llorar, no voy a ver justicia”, dijo la señora Irinea e inició su búsqueda denunciando las graves omisiones y negligencias por parte de la Procuraduría del Estado: no se protegió la escena del crimen, no se recogieron evidencias ni se realizaron los peritajes que fueran conclusivos para determinar las causas y circunstancias en las que falleció Mariana. Unos meses después, la señora Irinea buscó al Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, con el fin de presentar los recursos jurídicos necesarios para que se reabriera el caso y se consideraran todas las diligencias que la misma Procuraduría había omitido; en 2013 se solicitó a la Suprema Corte la atracción del caso y en septiembre de ese año la Primera Sala determinó ejercer la facultad de atracción por reunir los requisitos necesarios para ello.

La señora Irinea, aquí presente, se ha convertido en un referente en la lucha por el acceso a la justicia para las víctimas de feminicidio, pues desde que inició su búsqueda todas las puertas le fueron cerradas, el trato recibido fue revictimizante, ninguna autoridad le creyó ni hizo bien su trabajo, y acabaron concluyendo que se trataba de un suicidio. Finalmente, después de una larga lucha, el 25 de marzo de 2015 la Suprema Corte de Justicia de la Nación le dio la razón. A partir de la decisión del máximo tribunal se abre la primera puerta para acceder a la justicia en el caso de Mariana Lima Buendía y la señora Irinea sigue participando activamente para que se cumpla con la sentencia.

El informe que hoy se presenta hace referencia a la grave situación de la violencia feminicida que persiste en el país, y que sigue siendo uno de los grandes desafíos para el Estado Mexicano. La conformación de este tipo de violencia nos habla de patrones complejos y diversos en los que las mujeres están siendo violentadas y privadas de la vida; violencias que se dan tanto en ámbitos públicos como privados, que son perpetradas por agresores conocidos o desconocidos en un contexto de criminalidad generalizada.

Más allá de las cifras que nos permiten aproximarnos a la realidad, es necesario concientizarnos y mirar el problema a partir del significado que tienen las maneras en que las mujeres son sometidas para dominarlas, los actos crueles con los que son violentadas y asesinadas: golpes, quemaduras, estrangulamientos y una diversidad de métodos de extrema brutalidad, como lo evidencian este y otros informes.

Un aspecto fundamental, que debe ser incorporado en los diagnósticos e investigaciones que se realicen para comprender el problema de la violencia feminicida, es la desaparición de niñas y mujeres. A partir de investigaciones realizadas por el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, se ha identificado la desaparición como un patrón íntimamente relacionado con el feminicidio, en el que principalmente niñas y adolescentes de entre 11 y 18 años desaparecen para posteriormente ser encontradas asesinadas, situación que complejiza la posibilidad de acceder a la justicia para los familiares de las víctimas.

Esta tragedia tiene un rostro de dolor, sufrimiento, rabia, indignación, desesperación, pues estos delitos no solo expresan la discriminación contra las mujeres, sino la impunidad que deja sin castigo a los responsables y sin justicia a las víctimas.

Cada uno de los casos de violencia feminicida pone en evidencia una ruta de impunidad que deben seguir víctimas y familiares quienes abandonan sus trabajos y sus vidas en su lucha por acceder a la justicia, una justicia que no llega.???

La impunidad es una violencia institucional, en la que por acción y omisión de las autoridades, no se atiende debidamente a las víctimas, no se previene la repetición de las agresiones, no se investigan los delitos, ni se sanciona a los agresores. Esta impunidad es uno de los principales factores que aumenta y agrava la violencia feminicida.

Es urgente que la violencia feminicida se atienda de forma diferenciada. Esto implica poner en práctica políticas públicas diseñadas específicamente para cada una de las diferentes formas de violencia, a partir de mecanismos eficaces de atención e investigación que puedan ser evaluados oportunamente.

Reconocemos que se han hecho diversos esfuerzos tanto en los ámbitos legislativos, como de política pública y criminal para erradicar la violencia feminicida. Me interesa destacar la colaboración con la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y el Instituto Nacional de las Mujeres, quienes han tomado en cuenta nuestras propuestas y puntos de vista para la implementación de políticas públicas dirigidas a atender este tipo de violencia. Sin embargo, nos enfrentamos todavía, a diversos retos que deben ser asumidos por el Estado para garantizar la atención, prevención, investigación y sanción de la violencia feminicida.

Ante este contexto, el OCNF ha identificado los siguientes desafíos.

PRIMERO.

Impulsar una transformación profunda con la finalidad de superar las relaciones de subordinación y discriminación que se encuentran en el origen del problema. Esto significa que el Estado Mexicano debe cumplir con acciones efectivas para revertir la violencia feminicida.

Así lo estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia de Campo Algodonero, como una forma de reparación del daño con vocación transformadora en casos de violencia contra las mujeres. Este planteamiento ha sido retomado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la sentencia del Caso Mariana Lima.

SEGUNDO

Contar con mecanismos efectivos y eficaces para la sanción de autoridades que por acción u omisión violenten la debida diligencia y la perspectiva de género en la atención y sanción de la violencia feminicida.

TERCERO

Reducir la impunidad en casos de violencia feminicida, garantizando la debida diligencia con perspectiva de género en la investigación y sanción de los delitos relacionados con ella.

CUARTO.

Garantizar la implementación efectiva y eficaz de los mecanismos de protección individual y colectiva de mujeres, en particular las órdenes de protección y la Alerta de Violencia de Género, tanto en su modalidad de violencia feminicida como por agravio comparado.

QUINTO.

Garantizar la atención integral de mujeres víctimas de violencia familiar y sexual, y el acceso a servicios especializados de salud que incluyan la Interrupción Legal del Embarazo, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Víctimas y en la Norma Oficial Mexicana 046, y los estándares internacionales en la materia.

RECOMENDACIONES

Para atender debidamente estos 5 desafíos fundamentales, recomendamos la articulación de una serie de medidas que nos permitan establecer un piso común, a partir del cual podamos enfrentar de manera efectiva el problema de la violencia feminicida que afecta la vida cotidiana de las mujeres.

AL SECRETARIO DE GOBERNACION responsable de las políticas públicas para la atención, prevención, investigación y sanción de la violencia contra las mujeres, le solicitamos:

PRIMERO.

Impulsar al interior de la CONAGO, la búsqueda inmediata de mujeres desaparecidas para evitar feminicidios, a partir de la coordinación de instancias de seguridad pública y de procuración de justicia, así como la creación de grupos especializados de búsqueda en zonas de mayor riesgo, priorizando la acción dentro de las primeras 24 a 72 horas, porque se ha demostrado que así se les puede encontrar con vida.

SEGUNDO.

Impulsar de forma urgente, al interior de la CONAGO, la homologación del tipo penal de feminicidio en todas las entidades con elementos objetivos de accesible acreditación, teniendo como referente el tipo penal federal.

TERCERO.

Impulsar la reforma integral del Código Nacional de Procedimientos Penales y la homologación de leyes estatales, tomando como antecedentes la sentencia de Campo Algodonero y la sentencia del Caso Mariana Lima, para establecer entre otras cosas,

  1. La obligatoriedad de investigación de muertes violentas de mujeres como feminicidio desde un inicio.
  2. El establecimiento de mecanismos de sanción penal y administrativa de funcionarios públicos que incumplan con sus obligaciones de atención, investigación y sanción de la violencia contra las mujeres.
  3. La conformación de grupos especializados de investigación con perspectiva de género.
  4. La obligación de los hospitales de notificar al Ministerio Público los casos de muerte de mujeres ingresadas por traumatismo, quemaduras, agresión con fuerza corporal; el MP deberá iniciar la investigación como probable feminicidio.

CUARTO

Elaborar un mapa geo referenciado de zonas de riesgo de violencia feminicida a nivel nacional, en particular de desaparición, violencia sexual, trata de mujeres y feminicidio, que permita ubicar el problema para una mejor intervención con perspectiva de género, en la política de seguridad y prevención y atención del delito.

QUINTO

Reformar el reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para hacer más eficiente el procedimiento de Declaratoria de Alerta de Violencia de Género, en particular, para que el mecanismo responda de manera ágil y efectiva ante las situaciones de urgencia que son denunciadas por la sociedad civil, de forma que se prioricen las acciones de prevención, justicia y seguridad acorde a la magnitud de la problemática específica.

A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y A LA CONFERENCIA NACIONAL DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA

PRIMERO.

La creación de Unidades de Análisis y Contexto para la Investigación de casos de feminicidio, muertes violentas y desaparición de niñas y mujeres, como un área estratégica de las Procuradurías y Fiscalías de Justicia estatales.

SEGUNDO.

Garantizar la estandarización de protocolos de investigación con perspectiva de género para los delitos de feminicidio, desaparición y violencia sexual, de conformidad con los más amplios estándares internacionales, que contemplen mecanismos de evaluación y seguimiento para su adecuada implementación, con participación de organizaciones de la sociedad civil expertas en materia de violencia.

TERCERO.

Garantizar la creación de grupos especializados de investigación con perspectiva de género y debida diligencia de casos de violencia feminicida, tomando en consideración los lineamientos establecidos en la sentencia del Caso Mariana Lima y los más amplios estándares internacionales en la materia.

A LA SECRETARÍA DE SALUD

PRIMERO.

Implementar la Ley General de Víctimas y la Norma 046 para garantizar el acceso a servicios especializados de salud de forma oportuna y efectiva, incluyendo la Interrupción Legal del Embarazo sin la exigencia de mayores requisitos que los establecidos en el marco normativo vigente.

SEGUNDO.

Contar con información sistematizada y desagregada sobre la atención que se brinda a las mujeres y niñas víctimas de violencia familiar y sexual, que permita evaluar la implementación de la NOM-046.

TERCERO.

Garantizar la coordinación entre los hospitales y las instancias de procuración de justicia para denunciar los casos de muertes de mujeres ingresadas a hospitales por traumatismo, quemaduras, agresión con fuerza corporal, y asegurar su  investigación como probable feminicidio.

AL PODER JUDICIAL

Juzgar y sancionar los casos de violencia feminicida con perspectiva de género, de forma que se visibilicen en las sentencias los contextos, tipos y modalidades de violencia que se busca erradicar, como una vía indispensable para reducir la impunidad.

Valoramos la oportunidad de poder compartir con las autoridades aquí presentes lo que ha sido resultado del trabajo coordinado de 43 organizaciones de la sociedad civil en 21 estados de la república, integradas en el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, comprometidas con la búsqueda de justicia para las víctimas de violencia feminicida y sus familiares. Esperamos que su presencia aquí hoy redunde en hechos concretos que contribuyan a erradicar la cultura misógina que justifica la discriminación y la violencia feminicida en México.

Muchas gracias.